Salomón,
el hombre sabio, exhortaba a los hijos a respetar a sus padres. Aunque en la
actualidad ya no estemos directamente bajo su autoridad, no podemos ignorar el
mandamiento que aprendimos de pequeño de honrar a nuestros padres. Obviamente, se nos ordena honrar a nuestros padres, pero ¿cómo? Honrarlos tanto
con nuestras acciones como con nuestras actitudes. Honrar sus deseos no
expresados, como los hablados. Con el final de la vida de los padres no se
llega al final de las obligaciones de los hijos. Todavía queda el honrar a los
padres tras la muerte. Tras dar una digna sepultura a los hijos
les queda la obligación de mantener el respecto de los difuntos y de venerar su
memoria. Esta se realiza tanto con hechos como con palabras. Desde la cultura
judía, con esta doble expresión de reverencia
al padre difunto, se mantiene y se aumenta el honor de la familia, porque los
antepasados suponen un cauce fundamental del honor que alguien recibe al nacer,
esto motiva que el respeto a los antepasados fuera tan cuidado en la
cultura mediterránea.
El non omnis moriar horaciano es incuestionable. El hombre nunca
muere del todo. Perdura en el recuerdo, en sus obras, en los sentimientos de
parientes, amigos e instituciones. Hay una continuidad histórica, afectiva y espiritual
de unos hombres con otros. Vivos y muertos se enlazan en una cadena
ininterrumpida. “No hay una existencia humana, escribió Savigny, absolutamente
aislada e independiente... Todo hombre debe valorarse, a la vez, como miembros
de una familia, de un pueblo,... y cada época como la continuación y desarrollo
de todos los tiempos transcurridos. Ninguna época produce su mundo por sí, sino
que lo hace siempre en comunidad indiscutible con todo el pasado”. Dentro de
esta conexión indefinida de unos seres con otros, tiene sentido la successio
in universum ius y la protección de la memoria defuncti, que es
tanto como proteger lo imperecedero de él: recuerdos, afectos, buen nombre,
etc. Lo imperecedero del hombre que ha desaparecido del mundo de los vivos, lo
que llamamos su “buena memoria”, se perpetúa en herederos, allegados, íntimos o
cuerpos sociales a los que perteneció o contribuyó a crear.
Sin duda, la personalidad del difunto se extinguió con la muerte pero los
vivos evocan o recuerdan aspectos, expresiones, modos de ser y pensar del
fallecido. Eso es la memoria, que sólo pervive en los vivos (parientes,
conocidos, amigos), no en el difunto. “Aunque la muerte del sujeto de derecho
extingue los derechos de la personalidad, la memoria de aquél constituye una
prolongación de esta última que debe también ser tutelada por el Derecho”
(Exposición de Motivos de la LO 1/1982, de 5 de mayo). De este texto portical
se deduce que la memoria defuncti es algo vivo, pues, dada por supuesta
la extinción de la personalidad por efecto de la muerte, algo de ésta se
prolonga o supervive. La
imagen de las personas fallecidas, sobre todo si son famosas, puede ser
distorsionada o tergiversada. En estos días propicios para el recuerdo y la
honra a nuestros antepasados, en especial a los más cercanos, los hijos de José
María Pemán anuncian, algo que ya se esperaba, la demanda de una querella
criminal para restituir el honor de su padre, un gesto completamente legítimo
que también los honra a ellos, porque viene a cumplir con ese mandamiento
filial. Ahora será la justicia la que cumpla con su cometido. Los hijos de
Pemán ya lo han hecho.
(Artículo que publiqué el pasado domingo, 1 de noviembre de 2015, en INFORMACIÓN JEREZ y cuatro días después. el jueves 5 de noviembre, en VIVA JEREZ)
Fotografía, con dedicatoria, de José María Pemán junto a sus hijos el día de la inauguración del monumento que en su honor levantó la ciudad de Cádiz. |
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